Conceptos y Procedimiento

La Demanda En Referimiento
 LA INSTITUCION DEL REFERIMIENTO
(Primera Parte:- El referimiento ordinario)
1.- CONCEPTO
En la obra “Vocabulario Jurídico” de Henri Capitant, se lee, textualmente, que el “referi­mien­to” es un “trámite rápido y sencillo tendente a obtener del presidente del tribunal civil o de comercio una ordenanza que resuelva provisionalmente una incidencia, sin decidir sobre el fondo del asunto, y en caso urgente o de dificultad en la ejecución forzada de un título ejecutivo“.
El profesor Artagnán Pérez Méndez,ha definido el “referimiento” diciendo que es “un procedimiento excepcional, al cual se acude en caso de urgencia y para las dificultades de ejecución de una sentencia o de un título ejecutorio”,agregando más adelante este ilustre jurisconsulto, que “también se puede acudir al juez de los referimientos para que éste prescriba una medida conservatoria para prevenir un daño inminente o para hacer cesar una turbación manifiestamente ilícita” (su obra sobre Procedimiento Civil, tomo 1, edición de 1989, página 207).
Jacinto Bienvenido Valdéz, en su libro Las Vías de Recursos, 1999, página 60, citando a M. Perrot, ha indicado que este maestro francés adujo, respecto al “referimiento”, que se trataba de “un procedimiento que tiende a obtener rápidamente del Tribunal una deci­sión que tiene un carácter provisional…”, y que presenta “…tres caracteres específicos: Rapidez, juez único, carácter provisional”.
Héctor A. Cordero Frías, en “Competencia del Juez en Atribuciones de Referimiento”, 1981, página 7, opina que dicha institución es “… una vía de acción que permite obtener ligeramente una justicia inmediata en todos los casos urgentes y para todas las dificultades de títulos ejecutorios”, agregando que “es un procedimiento abreviado”.
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