Institución fundada normalmente en el matrimonio y constituida por personas ligadas por el vínculo del parentesco, que ya vivan conjuntamente y bajo una autoridad común, ya de modo separado, se deban afecto y mutuo auxilio. Tienen, como miembros de la entidad familiar, derechos y obligaciones recíprocos, y en el orden moral, deberes de respeto y obediencia. 2. (soc.) Grupo biosocial de personas unidas por lazos matrimoniales, que constituye la célula básica de toda comunidad. La familia desempeña un papel decisivo en la formación de la personalidad y su socialización. Es una institución histórica sujeta a cambios, siendo diferentes sus características en las diversas culturas. 3. (der. pen.) En el concepto jurídico penal, la familia es el conjunto de personas relacionadas entre sí por vínculos matrimoniales, de parentesco u otros legalmente semejantes, que conforman una unidad de función en su comportamiento de grupo, al actuar con impulsos propios y perseguir fines comunes que generan efectos jurídicos favorables a la comunidad que integran. La familia núcleo es la integrada por los padres y sus hijos menores, que crea un "Régimen de relaciones jurídicas, interdependientes y recíprocas, emergentes de la unión intersexual y la procreación"
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