
Sepultar, darle al cadaver el piadoso destino de retorno a la tierra. El causante es quien en primer lugar puede disponer por acto de última voluntad el lugar de su sepultura y el modo de inhumación. Si el causante no ha indicado dónde quiere ser sepultado debe atribuirse ese derecho a las personas que han convivido en forma cercana con el difunto, o sea el cónyuge; en su defecto a los descendientes; luego, a los ascendientes, y finalmente a los colaterales. 2. Dar sepultura a un cadáver cumpliendo los requerimientos que exigen las leyes y las disposiciones locales.
