Es una garantía que se inscribe en un registro para asegurar el pago de una suma de dinero o el cumplimiento de cualquier clase de obligaciones a las que los contrayentes le atribuyen, a los efectos de la garantía prendaria, un valor consistente en una suma de dinero, quedando los bienes sobre los cuales recaiga la prenda en poder del deudor o del tercero que los haya prendado en seguridad de una deuda ajena.
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