
Reclamo dirigido al Estado para que éste conceda tutela jurídica, o sea el derecho al proceso. Es la autoatribución de un derecho por parte de alguien que pide, invocándolo, que se haga efectiva a su respecto la tutela jurídica. 2. Es el contenido del acto que se realizará como consecuencia del ejercicio de la acción procesal. Dentro de su entorno desarrollan sus tareas los sujetos procesales , configurándose el objeto a exponer. Se distingue de la acción procesal, porque ésta es la facultad dirigida a provocar el derecho de petición.
