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ARTICULO

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Del latín articulus y, a su vez, del griego arthron, que significa juntura natural de los huesos. Escríche da las siguientes acepciones de esta palabra: la cualquiera de las preguntas de que se compone un interroga­torio; 2a la excepción previa y dilatoria que opone alguna de las partes para estorbar el curso de la causa princial; 3a cada una de las disposiciones o puntos convenidos en los tratados de paz o capitulaciones de plaza; 4a cada una de las partes o puntos en que se divide una ley, un decreto, un libro; Sa en los diccionarios, cualquiera voz o acepción que se define separadamente. Cabe agregar, en Derecho Mercantil, mercadería o cosa objeto de comercio. II DE PREVIO Y ESPECIAL PRONUNCIAMIENTO. Toda cuestión inci­dental planteada en un pleito y que debe deci­dirse por el juez antes de pasar adelante en el asunto principal. II MORTIS (IN). En el ar­tículo de la muerte. Esta expresión, en el tec­nicismo jurídico, se aplica para indicar aque­llos actos realizados cuando una de las partes se encuentra en peligro de muerte o en in­minente riesgo de vida. Se trata de modo espe­cial de matrimonios por motivos de coinci­dencia, sentimentales o de conveniencia. (v. Matrimonio in artículo mortis.)
AS. Moneda de cobre de los romanos, que pesaba una libra, y cuyo valor fue des­pués de doce onzas. También se denominaba as o as hereditario al total de la herencia testada o ab intestato.

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