Expresión empleada cuando, por excepción al principio de publicidad de las contiendas judiciales, sea por mandato de la ley o por decisión del tribunal, se veda al público su permanencia en la sala de audiencias durante los debates, o parte de los mismos. Esta prohibición tiene lugar en los casos en que por la naturaleza de las cuestiones que se suscitan en el litigio, o por la índole de éste, puedan producirse graves inconvenientes o escándalo.
Sentencias destacadas
- Prueba a cargo del empleador
- Actividades en la Administracion Publica
- Principio de doble exposicion
- Estado de indefension
- Motivacion de sentencias
- Pruebas obtenidas ilegalmente
- Tentiva de homicidio
- Pruebas publicaciones periodísticas
- Eximente responsabilidad contractual
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- Sentencias Tribunal Constitucional
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- Lavado de Activos por ganancias ilicitas
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- Principios de inmediacion y continuidad
- Testigo en siniestro electrico
- Plazo Deposito Escrito defensa
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- Derecho socios a requerir informacion