Son condenas pecuniarias ordenadas con el fin de vencer la injusta resistencia del deudor a cumplir su compromiso. Tambien se denominan intereses de demora, entendiendose como condenas pecuniarias dictadas a razon de determinada cantidad por cada dia de retraso o por cualquiera otra unidad de tiempo apropiada a las circunstancias, destinadas a obtener del deudor el cumplimiento de una obligacion de hacer, por la amenaza de una pena considerable, susceptible de aumentar indefinidamente.
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