Convenio o pacto entre dos o mas Estados, con el objeto de regular u otorgar privilegios comerciales o territoriales. 2. En los conflictos armados es el acto que conlleva el cese de las hostilidades activas para una rendicion negociada, de las fuerzas de una de las partes en un conflicto armado internacional. La capitulacion puede ser parcial o sea limitada a las fuerzas que se rinden o general, cuando comprende todas las fuerzas armadas de un beligerante. Tambien puede ser incondicional, o discrecional, cuando el vencido queda a merced del vencedor, pero a los combatientes que capitulen se les garantiza el estatuto de prisionero de guerra. Sus clausulas estan determinadas por un convenio militar especial y no pueden incluir, con respecto del enemigo que capitula, condiciones contrarias al honor militar. No es igual a rendicion.
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