Que de conformidad con las prescripciones del artículo 68 del Código de Procedimiento Civil, las cuales deben observarse a pena de nulidad, según lo dispone el artículo 70 del mismo Código: “los emplazamientos….”Que el artículo 6 de la Ley Sobre Procedimiento de Casación prescribe entre otras formalidades que el acto de emplazamiento ante la Suprema Corte de Justicia deberá contener a pena de nulidad la mención del nombre y residencia de la parte recurrida y el nombre de la persona a quien se entregue la copia del emplazamiento;Que en
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