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Arts. 461 al 463 | Proteccion de Derechos

contratos

TITULO II
DE LAS MEDIDAS DE PROTECCION Y RESTITUCION DE DERECHOS, EL PROCESO Y LA EJECUCION
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 461.- DEFINICIÓN. Las medidas de protección y restitución de derechos son disposiciones provisionales y excepcionales, emanadas de la autoridad competente con la finalidad de garantizar el cumplimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes que se encuentren en condiciones de amenaza, vulneración y/o violación flagrante de los mismos. Dicha amenaza, vulneración o violación de derechos puede provenir de la acción u omisión de cualquier persona física, moral, pública o privada.
Párrafo I.- Las medidas de protección y restitución de derechos son una modalidad de sentencia alternativa de conflictos sociales, orientadas a la desjudicialización en el ámbito administrativo de casos relacionados con la amenaza, vulneración y violación flagrante de los derechos de la niñez y la adolescencia, siempre que las acciones de los actores involucrados no constituyan delitos.
Párrafo II.- Para la imposición y ejecución de las medidas de protección y restitución de derechos, se deben tener en cuenta el interés superior de los niños, niñas y adolescentes, así como el fortalecimiento de los vínculos familiares y comunitarios. Así mismo, podrán ser aplicadas de manera aislada, acumulativa o sustitutiva.
Art. 462.- IMPOSICIÓN DE LAS MEDIDAS. Las medidas de protección y restitución de derechos podrán imponerse siempre que un niño, niña o adolescente esté en condición de amenaza, vulnerabilidad o violación flagrante de cualquiera de sus garantías y derechos fundamentales establecidos en el título II del libro primero de este Código, por los siguientes motivos:
a)    Por acción u omisión de las instituciones públicas y privadas;
b)    Por falta, omisión o abuso de los padres, tutores, encargados o responsables;
c)    Por acciones u omisiones contra sí mismos;
d)    Por acciones u omisiones o abusos de particulares.
Art. 463.- TIPOS DE MEDIDAS. Las medidas de protección y restitución, entre otras, son:
a)    Órdenes a los padres, madres, encargados, funcionarios públicos y funcionarios privados para que cumplan con sus deberes y obligaciones,

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