El Contrato Social II
La particularidad del Contrato Social es ser una convencion de intercambio celebrada entre dos partes intervinientes “la sociedad y el gobierno”, la segunda de las cuales no preexiste al contrato, esto es el gobierno, ya que es un producto de la primera parte, o sea la sociedad, la cual esta integrada por la voluntad individual de las personas, las cuales se convierten en voluntad general mediante el pacto, cada miembro se da por entero, y es recibido por la sociedad como parte del todo.
El Soberano es el pueblo, pues la suma de voluntades individuales constituyen el pacto social, por ello “la voluntad del soberano es el soberano mismo”.
Esta soberania es inalienable, indivisible, infalible y absoluta, “pues el pacto social da al cuerpo politico un poder absoluto sobre todos los suyos”.
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