Al que no se le permite lo más, debe permitírsele lo menos. Regla 21 del título 17, libro 50 del Digesto. Por el contrario, la ley que permite lo que es menos, debe entenderse que prohibe lo que es más. Por consiguiente, quien por la ley debe donar, puede también vender; y por el contrario, quien no puede vender, menos podrá donar.
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