Es una fórmula empleada en las causas sometidas al Tribunal de la Rota Romana. Por regla general, una vez terminada la causa, puede apelarse en el mismo Tribunal, porque los asuntos en él no son juzgados por todos los auditores; sin embargo, cuando se pone la cláusula Videatur ab omnibus, entonces no se da la apelación, a no ser que la parte condenada haya buscado nuevos recursos, y entonces espera que el Tribunal retire a priori la sentencia.
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