Palabra italiana, adoptada por el codificador argentino. La curatela es una institución que, como la tutela, tiene por objeto suplir la capacidad de obrar de las personas. La tutela se da para los menores; y la curatela, para los mayores de edad incapaces de administrar sus bienes. DATIVA. La determinada por el juez a petición del ministerio de menores o de parientes del incapaz. LEGITIMA. La que se discierne por ministerio de la ley.
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