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ABSOLUCIÓN CANÓNICA

Acto de la potestad eclesiástica mediante el cual se levantan las censuras en general y, en especial, se vuelve a acoger en el seno de la Iglesia a un excomulgado, y que se concreta en un acto solemne. Esta institución es distinta de la absolución sacramental que un confesor, aprobado y autorizado al efecto, concede al que recurre la sacramento de la penitencia.


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