COITO

Ayuntamiento carnal entre dos personas. Desde el punto de vista del derecho penal, el acceso carnal es uno de los supuestos exigidos por el tipo en los delitos de violación y estupro. En este sentido se requiere una real penetración o acceso y no bastan los meros acercamientos, siendo irrelevante la eyaculación. En derecho civil, es un derecho y deber de cada uno de los cónyuges, que se denomina débito conyugal; la negativa a prestarlo puede constituir causal de divorcio.


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