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DERECHO PENAL CANÓNICO

Se lo define como el conjunto de normas mediante las cuales la Iglesia define delitos y aplica penas, con la finalidad de asegurar la vigencia de su orden societario.
Actualmente la Iglesia carece de jurisdicción en materia de delitos y, en consecuencia, tampoco puede imponer penas materiales.
Impone penas espirituales como sanción a los pecados o a los delitos de orden Canónico.


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