Home » Diccionario Juridico » HIJO LEGITIMADO

HIJO LEGITIMADO

La legitimación de hijo consiste en la conversión de un ilegítimo en legítimo que se produce mediante el subsiguiente matrimonio de los progenitores.
Por regla general, la legitimación por el posterior matrimonio ha de recaer sobre hijos cuyos padres pudieron casarse en el momento de la concepción; ello incluye a los hijos naturales y excluye a los adulterinos, incestuosos y sacrilegios.


Loguearse para ver o descargar este item

Contacto

Completar campos para enviar solicitud.

255 caracteres restantes
Mensaje enviado. Responderemos en breve.
Hubo un error. Intente nuevamente.