En esta materia encontramos que los códigos civiles contienen disposiciones de índole procesal. Se trata de bases de orden procesal, adoptadas en resguardo de la capacidad de las personas, que en ese carácter completan las previsiones del código civil y que han de ser respetadas por las leyes de procedimiento que se dictan. Además de la normas de fondo referentes al juicio de insania, las normas procesales, recogiendo las bases contenidas en el código civil, regulan el procedimiento del juicio de insania. Las normas de fondo referentes al juicio de insania son: 1) las que indican la necesidad de la verificación judicial; 2) las que previenen la necesidad del examen de facultativos; 3) las que señalan las características del dictamen médico; 4) las que precisan quienes pueden efectuar la denuncia de insania; 5) las que prevén el nombramiento de curadores provisionales para que representen al denunciado durante el pleito. Ver Proceso de insania.
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