Títulos fraccionarios del conocimiento que el vendedor de la mercadería que navega en un buque entrega al capitán con la orden de hacer entregas parciales del cargamento a los compradores. ^B*órdenes de pago De las sociedades Cooperativas de crédito^b No se las puede asimilar a los cheques. La diferencia fundamental reside en que, conforme a la definición de cheque, la orden sólo puede ser librada contra un banco y no siéndolo las cooperativas de crédito, en consecuencia, las órdenes de pago contra las mismas no pueden ser cheques. Se las puede definir como órdenes de pago contra fondos existentes en una cuenta a la vista, del librador, localizada en determinada cooperativa de crédito y que a los efectos operativos funciona como una cuenta corriente bancaria. En la práctica se las extiende en formularios redactados como letras de cambio a la vista.
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