Es el acto por el cual el Poder Legislativo -es decir ambas Cámaras conjuntamente- aprueba un proyecto de ley. En la Argentina, con un régimen parlamentario bicamarista, la sanción legislativa se concreta con la firma del proyecto por los presidentes de ambas Cámaras. Dice al respecto el artículo 73 de la constitución Nacional: ” en la fórmula: el senado y cámara de diputados de la Nación Argentina, reunidos en congreso, etcétera, decretan o sancionan con fuerza de ley”.
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