Home » Diccionario Juridico » SOCIEDAD COOPERATIVA

SOCIEDAD COOPERATIVA

A)  todas las sociedades comerciales, sin excepción, están caracterizadas por una finalidad de lucro. Las sociedades cooperativas, en cambio, están caracterizadas por fines de mutualidad entre los socios: representan mutuo o recíproco socorrerse los socios entre si en algunas funciones de su vida privada, o también de negocios, donde la misma actividad que constituye objeto de la Empresa es dirigida y el ejercicio de ella es efectuado, no-como en las demás sociedades-al servicio de terceros para distribuir entre los socios una utilidad de gestión, sino inmediatamente, al servicio recíproco de los mismos socios. La ventaja individual(la misma desde otro punto de vista) no es esperada de la especulación sobre la ganancia de ejercicio, sino de la cooperación para actuar el servicio de empresa en interés recíproco, reduciendo su costo. B)  historia. En 1844 se produce la primera manifestación con la Asociación de tejedores de lancashire, Inglaterra, dirigida por Roberto Owen; cooperativa de trabajo en la cual se establecieron y aplicaron los principios fundamentales del cooperativismo. En la misma Inglaterra, el movimiento (su doctrina persigue, con la eliminación del intermediario en la más ampli a acepción del término, una transformación social) se entiende al consumo y se propaga rápidamente: cooperativas de producción y de crédito en Francia cooperativas de crédito en Alemania, etcétera. C)  las cooperativas se han ido perfeccionando constantemente y se han ido diversificando según las funciones que cumplen. Hoy podemos distinguir, como principales, las siguientes clases A) cooperativas de consumo: compran los artículos o producen los servicios al por mayor y los venden a sus socios al por menor. Solventados los gastos, el residual de la diferencia entre precio de compra y de venta (ganancia) se distribuye entre los socios en relación con el consumo realizado. B) cooperativas de trabajo (o de producción): los socios aportan capital (se les retribuye un interés fijo) y prestan a la Sociedad su trabajo o entregan su producción los productos los comercializa la cooperativa y los beneficios se distribuyen entre los socios en proporción a la producción entregada o prestación de trabajo. C)  cooperativas de crédito: los socios aportan un pequeño capital y obtienen créditos de la cooperativa y, por su intermedio, en instituciones financieras (bancos). La cooperativa proporciona los préstamos a un interés mayor, que el que paga por ellos, para solventar gastos. El retorno de los beneficios se realiza en proporción al capital aportado. La función más importante es que los socios de esta manera, pueden obtener préstamos que no lograrían por si solos (falta de garantía patrimonial suficiente).


Loguearse para ver o descargar este item

Completar campos para enviar solicitud.

CAPTCHA Image

×