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218-84 | Prohibicion importacion excrementos humanos o animales

Ley No. 218-84 que Prohíbe la Introducción al País, por Cualquier Vía, de excrementos Humanos o animales, Basuras Domiciliarias o Municipales y sus derivados, Cienos o Lodos Cloacales, Tratados o No, así como desechos Tóxicos Provenientes de Procesos Industriales.  

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