SCJ establece duración del proceso penal comienza a correr a partir de la imposición medida de coerción.
La Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) estableció el criterio jurisprudencial de que el punto de partida de extinción de la acción penal debe computarse a partir de la fecha en la que un tribunal dicta medida de coerción, en armonía con el artículo 148 de la normativa procesal penal y sus modificaciones consignadas en la ley 10-15.
DownloadFecha: 28 de febrero de 2023 | Materia: Penal | Sentencia No.: SCJ-SS-23-0221