Es un término jurídico que designa al ser humano desde que es concebido hasta su nacimiento. Hace alusión, por tanto, al concebido y no nacido. || El nasciturus, en gran parte de las legislaciones, carece de personalidad jurídica.[1] Sin embargo, y dado que puede en el futuro tenerla, el derecho le reconoce una serie de derechos. Se encuentra protegido por el ordenamiento pues se le considera "un bien jurídico necesitado de tutela".
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