Home » Codigos » Código de Derecho Canónico » Arts. 1641 al 1648 | La Cosa Juzgada » Page 4 Arts. 1641 al 1648 | La Cosa Juzgada Canon 1648. Una vez concedida la restitución in integrum, el juez debe pronunciarse sobre la sustancia de la causa. {show access=”Registered”} Pages: 1 2 3 4