Arts. 22 al 23 | Transparencia Monetaria y Financiera

 
 
a)        Los Estados Financieros Auditados anuales, los cuales se publicarán antes del treinta (30) de abril siguiente a la fecha de cierre del año al que correspondan.
 
b)        Un resumen de la Memoria Anual presentada al Poder Ejecutivo y al Congreso Nacional durante la primera legislatura de cada año.
 
c)        Un Boletín Informativo que contenga aquellas Circulares de la Superintendencia de Bancos, que sean de interés general, sin perjuicio de la necesaria notificación al interesado, así como los Instructivos de la Superintendencia de Bancos.
 
d)        Un Boletín Trimestral que compile las principales estadísticas de las entidades de intermediación financiera, incluyendo de manera enunciativa pero no limitativa los Estados financieros y los principales indicadores de dichas entidades.
 
e)        Cualquier otra información que sea relevante a efectos de mantener un adecuado nivel de transparencia de sus actuaciones.
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