EL CONTRATO DE TRABAJO
CONCEPTO Y GENERALIDADES
El contrato de trabajo aparece como expresión desde del siglo XX, donde no se hacía referencia al contrato como tal, sin no mas bien se hablaba de la locatio conductio operarum y la locatio conductio operi faciendi, la primera significa el arrendamiento de servicios y la segunda el arrendamiento de obra.
Desde la edad moderna han existido debates acerca de la naturaleza jurídica del vínculo laboral, y a quedado por sentado que el contrato de trabajo nace y se regula por el derecho laboral, que no sigue un patrón jurídico anterior, mas bien tiene autonomía propia.
En suma el contrato de trabajo común: “es aquel acuerdo de voluntades o pacto en virtud del cual una persona, a cambio de remuneración, presta sus servicios por cuenta de otra, transfiriéndoles sus resultados.
CONCEPCIÓN LEGAL
Su concepción jurídica – positiva está dada en el artículo 1 del Código de Trabajo de la República Dominicana a cuyo tenor es definido como: “… aquel por el cual una persona se obliga, mediante una retribución, a prestar un servicio personal a otra, bajo la dependencia y dirección inmediata o delegada de ésta.”