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CHEQUE CRUZADO

Es aquel cheque sobre el cual se ha trazado dos paralelas en el anverso. El cruzamiento puede ser general o especial. El cruzamiento es general si no contiene entre las barras mencion alguna o si contiene la mencion banquero, no negociable u otra equivalente. Es especial si entre las barras se escribe el nombre de un banquero. El cruzamiento general puede trasformarse en cruzamiento especial; pero el cruzamiento especial no puede trasformarse en cruzamiento general. Un cheque con cruzamiento general solo puede ser pagado por el girado a un banco. Un cheque con cruzamiento especial solo puede ser pagado por el girado al banco designado en el cruzamiento o a otro banco que este indique.

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