Home » Diccionario Juridico » COMODATO

COMODATO

Contrato de prestamo, unilateral y gratuito, por el cual una persona entrega a otra una cosa no fungible, para que la use, y pasado cierto tiempo, devuelva precisamente la misma cosa que recibio. La esencia de esta especie de prestamo consiste en que las cosas que constituyen su objeto no son fungibles, o sustituibles por otras de la misma especie y calidad, que no trasfiere la propiedad de dichas cosas, sino simplemente su uso. Quien entrega la cosa se llama comodante, y quien la recibe, comodatario. El comodato, que solo hace adquirir un derecho personal de uso, aunque sea sin plazo, conlleva la obligacion de restitucion por parte del comodatorio cuando el comodante lo quisiere

Loguearse para ver o descargar este item

Contacto

Completar campos para enviar solicitud.

255 caracteres restantes
Mensaje enviado. Responderemos en breve.
Hubo un error. Intente nuevamente.