Del latín consilium, que significa dictamen, opinión o juicio emitido sobre alguna cosa. También se denomina consejo a la junta de personas que se reúnen para deliberar sobre un asunto de interés, y a los cuerpos consultivos y de asesoramiento creados por los gobiernos. II DE DISCIPLINA. Organismo que en ciertas instituciones oficiales tiene por función mantener el buen orden y velar por la conducta debida de los individuos pertenecientes a la entidad. II DE FAMILIA. Institución admitida por ciertas legislaciones, como la española, y que constituye, durante la menor edad o la incapacidad de una persona, una especie de tribunal doméstico, encargado de examinar y resolver los negocios de mayor interés para la persona o patrimonio delincapaz. I) DE GUERRA. Tribunal de la jurisdicción militar, que falla en las causas del fuero de guerra. II SUPREMO DE INDIAS. Era un alto cuerpo gubernativo y judicial establecido en Madrid. Ejercía, con respecto de los territorios de Ultramar, las mismas funciones que para los atentos de la Penímvla tenían los demás consejos supremos, en especial el de Castilla.
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