Hacer v lido lo que no lo era. La convalidación constituye un acto jurídico por el cual se torna eficaz otro que estaba viciado de nulidad relativa. Ahora bien, si el acto que se intenta convalidar es nulo, de nulidad absoluta, también lo ser la convalidación; de tal manera que sólo cabe realizarla en aquellos actos cuya nulidad sea subsanable. (v. Confirmación.)
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