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DECLARACIÓN DE INCAPACIDAD E INHABILITACIÓN

La demencia jurídicamente existe una vez que ha sido verificada y declarada por juez competente. Establecer si una persona se encuentra con aptitud, o no, para dirigir sus acciones y administrar sus bienes, constituye el objeto de este procedimiento, de tipo contencioso, especial e inquisitorio. La actuación del ministerio público es parte esencial por la naturaleza de la cuestión a dilucidar, es decir, la capacidad de una persona.
Ver Proceso de insania.


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