Home » Diccionario Juridico » DECRETO DE LOS CONCILIOS

DECRETO DE LOS CONCILIOS

Es aquel que emana de un concilio eclesiástico. Tiene fuerza de ley siempre y cuando haya sido confirmado por el papa. Así lo dispone el canon 227 del código de derecho Canónico, que dice: “los decretos del concilio no tienen fuerza definitiva de obligar, si no son confirmados por el romano pontífice y promulgados por mandato de el”. Los decretos conciliares mas importantes son los de los concilios generales o ecuménicos.


Loguearse para ver o descargar este item

Contacto

Completar campos para enviar solicitud.

255 caracteres restantes
Mensaje enviado. Responderemos en breve.
Hubo un error. Intente nuevamente.