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DENUNCIA DEL DAÑO TEMIDO E INTERDICTO DE OBRA VIEJA

Quien tema que de un edificio o de otra cosa derive un daño a sus bienes, puede denunciar ese hecho al juez a fin de que se adopten las oportunas medidas cautelares.
Esta acción se diferencia fundamentalmente del interdicto de obra nueva, y de su medida cautelar, en razón de que se tiende en forma activa a evitar un peligro grave, y aquella a conservar o restituir un estado de cosas, suspendiéndose toda actividad. El proyecto constituye una aplicación de la cautio-damni infecti romana (garantía por daño no causado), y que han incorporado numerosas legislaciones.


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