Home » Diccionario Juridico » DIARIO DE NAVEGACIÓN

DIARIO DE NAVEGACIÓN

También llamado libro de a bordo (V.). Llevar este libro es una de las obligaciones del capitán. Es exigido por la ley y debe ser encuadernado, foliado y rubricado por la autoridad competente.
Debe asentarse todo hecho importante ocurrido durante el viaje: tiempo, condiciones de navegación, estado sanitario del pasaje, nacimientos, defunciones, testamentos, casamientos, daños del buque, ruta seguida, Las anotaciones que el capitán hace como oficial del Registro civil, notario o representante de la autoridad pública, tienen el carácter de instrumentos públicos etcétera.


Loguearse para ver o descargar este item

Contacto

Completar campos para enviar solicitud.

255 caracteres restantes
Mensaje enviado. Responderemos en breve.
Hubo un error. Intente nuevamente.