El que administra y cobra las rentas de los bienes eclesiásticos que están vacantes o en depósito por razón de algún litigio, hasta que se declare a quien pertenecen; el que sirve algún oficio eclesiástico en lugar del propietario que se halla impedido por razones legales, o en tiempo de vacante; y el que administra los bienes del pródigo y reconstruye su hacienda. Se llamaba antiguamente ecónomo espiritual al eclesiástico que gobernaba las iglesias de los nombrados para los beneficios consistoriales, mientras se proveía por Roma.
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