Denominase fiscal la ejecución especial que tiene por objeto el cobro de los impuestos, patentes, tasas, retribuciones de servicios o mejoras, multas adeudadas a la Administración pública, aportes y contribuciones al sistema Nacional de Previsión social y en general todo crédito adeudado a reparticiones públicas nacionales a las cuales la ley les otorgue fuerza ejecutiva.
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