Liberación del menor de la patria potestad de sus padres o de la tutela. Tiene lugar , por matrimonio del menor, por mayoría de edad o por confesión del padre o de la madre que ejerza la patria potestad, requiriéndose para este último caso que el menor tenga 18 años cumplidos. 2. Del verbo latino emancipare, que equivale a soltar de la mano o sacar del poder de alguien, y por extensión, enajenar, transferir. Aparte de sus significaciones en Derecho Político, se utiliza la voz "emancipado" para definir la situación jurídica del menor que ha recibido dispensa para contraer matrimonio, adquiriendo así todos los derechos y deberes de los adultos.
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