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FIDELIDAD

normas

Deber de los cónyuges, referido especialmente a la protección y defensa mutua, tanto de las honras personales como del hogar y sus integrantes. Obligación recíproca de los esposos de no cometer adulterio y de no mantener con otra persona que no sea el cónyuge relaciones íntimas que constituyan para éste una injuria grave.

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