Principio legislativo y juridico, según el cual las leyes no tienen efecto en cuanto a los hechos anteriores a su promulgación, salvo expresa disposición en contrario. En Derecho penal, la irretroactividad a favor del reo constituye el principio, a no determinarse lo contrario. El CC establece la irretroactividad de las leyes, con la reserva de que dispongan ellas mismas lo contrario.
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