Aunque sustancialmente la nacionalización, lo mismo que la estatización y la municipalización, implique traslado de la prestación del servicio público al estado, hay un matiz que permite diferenciar aquel término de estos últimos: estatizar o municipalizar la prestación de un servicio público significa que tal servicio será prestado por el estado general o la Municipalidad, lo que generalmente ocurre con un servicio público creado ab initio por el estado o la Municipalidad; en cambio, nacionalizar un servicio público significa que un servicio o actividad que hasta hoy está prestado o ejercido por los administrados, en lo sucesivo lo será por el estado, por haber este adquirido la respectiva empresa a través de cualquier medio jurídico idóneo: donación, compraventa, expropiación, rescate, etcétera. En este orden de ideas, nacionalizar significa convertir en estatal algo que hasta entonces estaba en manos de los particulares o administrados.
Sentencias destacadas
- Prueba a cargo del empleador
- Actividades en la Administracion Publica
- Principio de doble exposicion
- Estado de indefension
- Motivacion de sentencias
- Pruebas obtenidas ilegalmente
- Tentativa de homicidio
- Pruebas publicaciones periodísticas
- Eximente responsabilidad contractual
- Medidas preacutorias en referimiento
- Liquidacion de Astreinte
- Compensacion por despido injustificado
- Duracion Proceso penal
- Cese Funcionario de carrera
- Sentencias Tribunal Constitucional
¡Únete a nuestro boletín!
Recibe contenido exclusivo en tu correo.
Leyes, Sentencias del TC y SCJ, Contratos, Actos Notariales, Formularios procesales y mucho más.
