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PACTO DE CUOTA LITIS

La existencia de un arancel legal no impide a los abogados y procuradores suscribir con su cliente el llamado pacto de cuota litis, por el cual ambas partes se asocian en el resultado del pleito; el profesional sigue el albur del litigio, cargando inclusive con las costas del juicio que se pierde, a cambio del reconocimiento de un porcentaje sustancial para el caso de triunfo. Prohibido por algunas leyes, los ordenamientos legales lo admiten, en general. En la doctrina, este pacto tiene defensores y detractores. Para estos últimos la cuota litis es reprobable porque convierte al abogado en parte interesada, desviándolo de su verdadera función de serenidad de juicio y de prudencia en el planteamiento y desarrollo del proceso. Los partidarios sostienen que es mejor medio para que los litigantes sin recursos económicos suficientes puedan pagar a un abogado cuando lo necesitan.


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