Home » Diccionario Juridico » PENSION

PENSION

normas

Paga periódico de una suma de dinero a personas que se han hecho acreedoras a ello de acuerdo con el régimen previsional vigente. Generalmente se designa así al beneficio que obtiene el cónyuge supérstite del jubilado o de quien ha adquirido el derecho a la jubilación.

danwload

Loguearse para ver o descargar este item

Contacto

Completar campos para enviar solicitud.

255 caracteres restantes
Mensaje enviado. Responderemos en breve.
Hubo un error. Intente nuevamente.