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PODER DISCRECIONAL

A)  en derecho público, a diferencia de la competencia limitada, poder que tiene una autoridad para obrar libremente, a causa de que la conducta a observar no ha sido fijada previamente por una regla de derecho.
B)  en derecho procesal, se dice de las atribuciones de los jueces o tribunales de primera instancia para la apreciación de los hechos y para determinados actos procesales.


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