El proceso, según Eduardo B. Carlos, es: "un conjunto de actos concatenados entre sí, desarrollados ordenada y progresivamente, por las partes y el órgano jurisdiccional, dirigidos a obtener una decisión que actualice el Derecho positivo a un caso concreto y singular." Mediante el proceso se realiza la función jurisdiccional que es una de las funciones del Estado (las otras funciones básicas son la administración y la legislación). El concepto de proceso-junto con los de acción y de jurisdicción – constituyen la llamada "trilogía estructural" sobre la cual se sustenta la unidad conceptual del derecho procesal, como disciplina de estudio. Son los conceptos básicos o fundamentales que posibilitan el estudio del derecho procesal, esto es, el conjunto de normas jurídicas que regulan al proceso por cuyo medio el Estado, ejercitando la función jurisdiccional declara, asegura y realiza el derecho.
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