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REGISTRO DE REINCIDENTES

En la Argentina fue creado por ley del 29 de septiembre de 1933, no. 11752, con el nombre de Registro Nacional de reincidencia y estadística criminal y carcelaria. Corresponde a su función el registro de los: a)  datos personales y de vida civil y profesional de los condenados; b)  datos personales y de rebeldía (prófugos); c) archivo dactiloscópico; D) estadística. El valor de la reincidencia se ve reflejado -en detalle y significado- en la peligrosidad, inadaptabilidad e irreducibilidad, y el código penal argentino, como la mayoría de los ordenamientos, lo tiene presente en varias de sus normas.


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