
Este recurso debe ser interpuesto dentro del plazo de quince (15) días a partir de la notificación de la resolución recurrida y dicho recurso debe ser interpuesto mediante un escrito que contenga los documentos y argumentos que respalden las pretensiones del recurrente y dicho escrito debe de estar firmado por el contribuyente interesado o por un represerentante o apoderado debidamente acreditado.
