En materia de derecho de minería, sostiene que, originariamente, las minas pertenecen al estado, pero con la particularidad de que no puede explotarlas por si mismo, estando obligado a entregarlas al primero que las solicite, previo cumplimiento de los requisitos exigidos por la ley. El estado tiene, por lo tanto, un dominio eminente sobre las minas, correspondiendo a los particulares el dominio útil de las mismas. Este es el sistema que los españoles aplicaron en América durante la época colonial y que, según veremos, predomina en muchos códigos de minería. Por otra parte, es también una manifestación de ideas liberal individualistas, así como el sistema dominial responde mejor a las tendencias que propician una franca intervención del estado.
Sentencias destacadas
- Prueba a cargo del empleador
- Actividades en la Administracion Publica
- Principio de doble exposicion
- Estado de indefension
- Motivacion de sentencias
- Pruebas obtenidas ilegalmente
- Tentiva de homicidio
- Pruebas publicaciones periodísticas
- Eximente responsabilidad contractual
- Medidas preacutorias en referimiento
- Liquidacion de Astreinte
- Compensacion por despido injustificado
- Duracion Proceso penal
- Cese Funcionario de carrera
- Sentencias Tribunal Constitucional
¡Únete a nuestro boletín!
Recibe contenido exclusivo en tu correo.
Leyes, Sentencias del TC y SCJ, Contratos, Actos Notariales, Formularios procesales y mucho más.